Se modifican los modelos 303 y 322 de IVA y modelo 390 de resumen anual de IVA

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Se modifican los modelos 303 y 322 de IVA y modelo 390 de resumen anual de IVA

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Publicado de Juan Canca en Fiscalidad · 5 Noviembre 2018
Tags: IVA
En el BOE de 31 de octubre se ha publicado la Orden HAC 1148/2018, de 18 de octubre, (publicada en el BOE de 31 de octubre), se introducen modificaciones con relación a las siguientes declaraciones:

1.- Con relación a los modelos 303 y 322 se introducen las siguientes modificaciones:

Se clarifica la cumplimentación de los modelos con relación al deber de informar del volumen de operaciones en la declaración-liquidación correspondiente al último periodo de liquidación.

En relación con el volumen de operaciones, se modifican las casillas 79 de los modelos, para incluir en las mismas, de manera expresa, el importe de las entregas no habituales de oro de inversión.

2.- Con respecto al modelo 390 se introducen las siguientes modificaciones:

Se establece que la realización de actividades por las que no exista obligación de presentar autoliquidaciones periódicas no afectará a la exoneración de presentar el modelo.

En el apartado de datos identificativos se elimina la casilla «¿La autoliquidación del último periodo corresponde al régimen especial del grupo de entidades?».

En el desglose del IVA deducible, se eliminan los tipos no vigentes y se crea una casilla en la que se incluirán, en su caso, las cuotas deducibles en virtud de resolución administrativa o sentencia firmes con tipos no vigentes.

En el apartado de resultados de las liquidaciones se crea una casilla para consignar las cuotas pendientes de compensación al término del ejercicio.
En el desglose del volumen de operaciones se incluyen expresamente las entregas no habituales de oro de inversión en la casilla 106.

3.- Se modifica también la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria, para adaptar la misma al nuevo sistema de gestión de declaraciones informativas previsto para 2018 (Transmisión Grandes Volúmenes Información con validación online).

El nuevo sistema posibilita la validación en línea de declaraciones de gran volumen de información, unificando el tratamiento de las declaraciones informativas. De este modo, cuando de la validación online de la información a presentar existan registros erróneos y otros correctos, el sistema posibilita la presentación de los segundos, debiendo el obligado proceder a la subsanación de los registros erróneos, presentando posteriormente una declaración complementaria adicional.

IMPORTANTE: Esta Orden entra en vigor el día 1 de noviembre de 2018 y será aplicable por primera vez para la presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 303 y 322, correspondientes al último periodo de liquidación de 2018 y de la declaración informativa, modelos 390, correspondiente a 2018.


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