Renta 2016 - Especial Tributación Claúsulas Suelo.
A continuación se indica una recopilación de Consultas Vinculantes de la Dirección General de Tributos, relacionadas con la tributación de las cláusulas suelo, en espera de que sean de vuestro interés.
V2430-16 Por sentencia judicial de 19 de octubre de 2015, se condena a la entidad financiera con la que el consultante tiene suscrito un préstamo hipotecario (para la adquisición de su vivienda habitual que incorpora una cláusula de limitación de tipo de interés: cláusula suelo) a restituirle las cantidades pagadas en aplicación de esta cláusula desde la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, percibiendo en 2015 los intereses indebidamente cobrados.
V2431-16 Por sentencia judicial de 19 de octubre de 2015, se condena a la entidad financiera con la que la consultante tiene suscrito un préstamo hipotecario (para la adquisición de su vivienda habitual que incorpora una cláusula de limitación de tipo de interés: cláusula suelo) a restituirle las cantidades pagadas en aplicación de esta cláusula desde la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, percibiendo en 2015 los intereses indebidamente cobrados. Tributación en el IRPF de los intereses restituidos
V5255-16 Se describe en la cuestión planteada. Consecuencias fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las sentencias judiciales que declaran la nulidad de las cláusulas de limitación de tipo de interés (cláusula suelo) y obligan a las entidades bancarias a restituir a sus clientes los intereses percibidos en exceso por el periodo comprendido desde el 9 de mayo de 2013 hasta la fecha en que cese la aplicación de la referida cláusula.
V0627-17 Se corresponde con la cuestión planteada. Ante la posibilidad de llegar a un acuerdo con el banco para la devolución de los excesos abonados por la aplicación de la cláusula suelo, pregunta sobre su tributación si esos excesos se dedican a la amortización del préstamo.
NOTA: Para acceder a cada consulta, introducir el número (Vxxx-17) en el buscador de la base de datos “consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos”. Se adjunta link.