Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades 2017
En caso de cerrar el ejercicio 2016 el 31 de diciembre y su volumen de operaciones de dicho año no superó los 6.010.121,04 euros, durante este mes de febrero, mediante la presentación del modelo 036,pueden cambiar de opción en el sistema de cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2017.
Las formas de calcular estos pagos son las siguientes:
- 1ª opción: Sistema de cuota. Como siempre, los pagos a cuenta de abril, octubre y diciembre siguen siendo un 18% del importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades presentada el primer día del periodo de pago del pago fraccionado.
- 2ª opción: Sistema de bases (en función del beneficio).Se calculará sobre la base imponible del periodo de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural y la cuantía del pago fraccionado será el resultado de aplicar a dicha base el porcentaje que resulte de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto.
Esta segunda opción puede ser interesante para las empresas inactivas o cuyo beneficio previsto para el ejercicio iniciado desde 1 de enero de 2017 vaya a ser nulo o muy bajo y sin embargo, el importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de los Impuestos de Sociedades presentados en el 2015 y 2016 ha sido elevado.
En el caso de que la entidad no comunique ningún cambio de opción a Hacienda durante el mes de febrero, le será de aplicación el mismo sistema que el año pasado.
Por último recordaros que el sistema de bases (en función del beneficio) es obligatorio para las empresas que en el ejercicio anterior hayan facturado más de 6.010.121,04 euros. (Es decir para las grandes empresas).