Noticias Laborales. Fumar centro de trabajo y ropa debajo del uniforme

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Noticias Laborales. Fumar centro de trabajo y ropa debajo del uniforme

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Publicado de Juan Canca en Laboral · Lunes 16 Oct 2017 ·  1:15
Tags: Fumaruniforme
El hecho de que un trabajador haga caso omiso de las advertencias y señales que recuerdan en su centro de trabajo la prohibición de fumar en el conjunto de sus instalaciones, incluido el lavabo, basta para el despido.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Burgos, en una sentencia de 7 de junio de 2017, establece que esta actitud está calificada como falta muy grave, por lo que considera que el despido es procedente.

El fallo concluye que, aunque los hechos no hayan causado un perjuicio evidente a la empresa, el empresario puede despedir al trabajador por la simple "infracción ética" que ha cometido. "El propio acto basta para la calificación del quebrantamiento de la buena fe contractual del empleado".




La ropa que utilicen los trabajadores debajo del uniforme no inciden en la imagen de la empresa.

En virtud de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de junio de 2017, la ropa que utilicen los trabajadores de una empresa debajo del uniforme, e incluso antes de acceder a su trabajo, en nada incide ni en la imagen de la empresa, ni en su relación con terceros.

La prohibición de utilización de determinadas prendas resulta absolutamente injustificadacuando la gran mayoría de los trabajadores utilizan bata de trabajo, facilitada por la empresa y que debe llevarse abotonada en su totalidad.





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