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El grupo de expertos coincide en la necesidad de realizar una "revisión profunda" del contrato de interinidad.

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Publicado de Juan Canca en Laboral · Jueves 23 Feb 2017
Tags: ContratosInterinidad
El grupo de expertos coincide en la necesidad de realizar una "revisión profunda" del contrato de interinidad para mejorar su regulación y en que tenga una indemnización por finalización de contrato de al menos 12 días por año, la misma que la de los trabajadores temporales.
El análisis de los expertos nombrado por el Ministerio de Empleo, los sindicatos CCOO y UGT y las patronales CEOE y Cepyme para analizar la sentencia del TJUE que insta a España a equiparar la indemnización de los trabajadores interinos con la de los indefinidos ha concluido por ahora sus trabajos y lo ha hecho con coincidencias en algunas cuestiones y dejando en el aire otras, a la espera de que se resuelvan las incógnitas a las que, en su opinión, ha dado lugar el fallo.
Sólo se ha centrado en las posibles implicaciones del fallo europeo para los interinos, no para todos los temporales. Pero está por ver si los nuevos pronunciamientos judiciales que se esperan sobre este tema acaban determinando que la indemnización que se da en España a los temporales (12 días) debe equipararse a la que reciben los indefinidos por causas objetivas (20 días). En ese caso, la de los interinos también debería equipararse a la nueva cuantía y ser de 20 días.


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